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sábado, 2 de abril de 2011

CONSECUENCIAS DE LA EVALUACION DOCENTE

Informes de Resultados y Consecuencias

Las consecuencias de la evaluación

De acuerdo al Reglamento sobre Evaluación Docente las consecuencias de cada uno de los niveles de desempeño son las siguientes:

Docentes que obtienen resultado Destacado o Competente.

Estos docentes podrán postular voluntariamente a la Asignación Variable por Desempeño Individual (AVDI). Esta asignación se obtiene rindiendo una prueba de conocimientos disciplinarios y pedagógicos correspondiente al nivel y subsector de evaluación. Para mayor información sobre la AVDI y cómo inscribirse para dar la prueba, visite la página www.avdi.mineduc.cl

Docentes que obtienen resultado Básico.

Estos docentes deberán participar en Planes de Superación Profesional (PSP) gratuitos, diseñados y ejecutados por los DAEM o Corporaciones Municipales. Los PSP corresponden al conjunto de acciones que buscan apoyar al docente para fortalecer aquellos aspectos que requieren mejoras en su desempeño profesional y contemplan actividades como:

Tutorías o asesorías provistas por profesionales idóneos

Participación en cursos, talleres o seminarios organizados por entidades académicas o de capacitación

Lecturas recomendadas, para las cuales se deberá proveer de material bibliográfico u orientaciones para acceder a información disponible en Internet

Observaciones de clases hechas por docentes destacados u otros profesionales calificados Para mayor información sobre los PSP, visite la página web www.psp.mineduc.cl, del Área de Acreditación y Evaluación Docente de CPEIP

Docentes que obtienen resultado Insatisfactorio.

Estos docentes deberán repetir su evaluación al año siguiente y participar en los Planes de Superación Profesional. Si en la segunda evaluación su resultado es nuevamente Insatisfactorio, el docente dejará la responsabilidad del curso para trabajar durante el año en su Plan de Superación Profesional y será sometido a una tercera evaluación. De mantener el desempeño Insatisfactorio por tercera vez consecutiva, el profesor dejará de pertenecer a la dotación docente, recibiendo el bono pro-calidad de la dotación docente, establecido en el artículo 36º de la Ley 20.079.

Por otra parte, los docentes que debiendo ser evaluados se negaran a hacerlo sin causa justificada, se presumirán evaluados con el nivel Insatisfactorio (artículo 36º, Ley 20.079). Estos docentes no tendrán derecho a los Planes de Superación Profesional, mantendrán su responsabilidad de curso y deberán evaluarse al año siguiente. Si este nivel de desempeño se mantuviera por 3 años consecutivos, el profesor dejará de pertenecer a la dotación docente municipal y no tendrá derecho al bono pro-calidad de la dotación docente.


FUENTE: http://www.docentemas.cl/dm05_informes_consec.php

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